Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por disolución de sindicato interpuesta por la sociedad mercantil FERRETERIA EPA, C.A., contra el SINDICATO REVOLUCIONARIO Y BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE FERRETERIA EPA "SIRBOTRAFREPA". (Anteriormente identificado). Se condena en costas a la parte actora por la presente demanda.
Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que venza el lapso a que se refiere el Art. 159 de la LOPTRA para la consignación de este fallo en forma escrita.