VI. PARTE DISPOSITIVA
Por las razones previamente expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por la ciudadana MARIA LUCIA ROJAS ZAMBRANO, contra la sociedad mercantil FÁBRICA DE PASTA GRANIPASTA, S.R.L. plenamente identificada en autos. SEGUNDO: Los conceptos y montos que deberá pagar la demandada a la actora son los discriminados en el cuerpo completo del fallo, donde se incluye el pago de los intereses demora y la corrección monetaria, todo ordenado cuantificar mediante experticia complementaria del fallo. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SENTENCIA
Dada, firmada y sellada en el Salón de .....