Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición a la persistencia en el despido formulada por el ciudadano JOSÉ ENRIQUE ECHEVERRÍA DUARTE, contra la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES VENUSCOL C.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: la demandada deberá pagar al actor los conceptos y montos establecidos en la motiva del presente fallo, donde se ordenó de igual manera el pago de los intereses de mora y la corrección monetaria, cuya cuantificación se ordenó realizar mediante experticia complementaria del fallo. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.