Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de declaratoria de inadmisibilidad opuesta como punto previo por la parte demandada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpuesta por el ciudadano JOSE DOMINGUEZ contra las entidades de Trabajo CORPORACION CHIRU 2006, C.A. TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condena en costas.