Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano LUIS ALFREDO HERNÁNDES MISEL, contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES, VIALIDAD Y ASFALTO MIXER, C.A., plenamente identificada en autos. SEGUNDO: Los conceptos y cantidades de dinero que deberá paga la demandada al actor, son los discriminados en el presente fallo, con inclusión de los intereses de mora con base a la Convención Colectiva de Trabajo y la corrección monetaria. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.