Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada contra el ciudadano RICARDO RUBEN MAGNO FUENMAYOR. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano EDGAR EDUARDO CASTAÑEDA VIEIRA, contra la Sociedad Mercantil IMPRESORA TÉCNIA DE VENEZUELA C.A. (IVETECA), plenamente identificados en autos. TERCERO: Los conceptos y montos que deberá pagar la demandada al actor son los discriminados en el cuerpo completo del fallo, donde se incluye el pago de los intereses de mora y la corrección monetaria todo ordenado cuantificar mediante experticia complementaria del fallo. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.