DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERENCIÓN DEL PROCEDIMIENTO en la demanda de nulidad interpuesta por por el ciudadano FRANCISCO JAVIER MARIN JASPE, titular de la cédula de identidad N° V-10.375.047, contra el acto administrativo, emanado de la Dirección General Sectorial de Talento Humano de La Alcaldía Metropolitana de Caracas, contentivo del Acto Administrativo N° DGSTH N° 000136 dictado en fecha 24 de enero de 2017, mediante la cual NIEGA LA JUBILACION POR INCAPACIDAD al ciudadano Francisco Javier Marin Jaspe, titular de la cedula de identidad N° V-10.375.047. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay expresa condenatoria en costas.
Se ordena la notificación a la PGR y a la parte accionante.-