DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana Yeisaba Gregoria Villalobos Sanz contra la Providencia Administrativa 379-17 de fecha 13/12/2017 dictada por la Inspectoría de Trabajo perteneciente al expediente 027-2015-01-05388 mediante la cual declaró con lugar la solicitud de autorización de despido incoado por la entidad de trabajo EXCELSIOR GAMA SUPERMERCADOS, C.A, para despedir a la ciudadana Yeisaba Gregoria Villalobos Sanz. SEGUNDO: No hay expresa condenatoria en costas.