Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declara: Primero: Admitidas las pruebas documentales que rielan a los folios 51 al 69, ambos inclusive de la pieza principal del expediente y del folio 02 al 328, ambos inclusive del cuaderno de recaudos N° 1; Segundo: Admitida la prueba de exhibición de documentales marcadas "E" cursante al folio 70 del expediente llevado por la accionada.