Este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Homologa el convenio antes señalado, y ordena que el reenganche del Trabajador PABLO CESAR FLORES GATUZZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad N° V.- 12.374.131, se lleve a cabo en un tiempo no mayor de las CUARENTA Y OCHO (48) horas a partir del día de hoy. Se tiene como cierto que el salario mensual del trabajador es la suma de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 5.500,00). Se ordena el reenganche del trabajador a su trabajo en las mismas condiciones que tenía para el momento de su írrito despido. Como consecuencia de su reenganche se ordena el pago de los SALARIOS CAIDOS, desde el 11 de octubre de 2010 hasta la fecha efectiva de su reincorporación a razón de CIENTO OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 1.....