Este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesta en fecha 01/11/2012 por la parte recurrente MUDANZAS INTERNACIONALES GLOBAL C.A., en contra de la Providencia Administrativa de fecha 17/05/2012, Exp. N° 027-2.012-01-02070, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, en el cual ordenó Reenganchar al ciudadano EMIRO ESCUDERO, a su puesto de trabajo con el Pagos de Salarios Caídos.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.-