Este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Le impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicho acuerdo en los términos en que ha sido expuesta, se da por terminado el presente juicio, y se ordena remitir la presente causa al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución.- Todo en el juicio incoado por el ciudadano EDWIN PAUL DÍAZ MURILLO, en contra de la empresa OPERADORA EASTCREST DE VENEZUELA 2005 S.A., por concepto de cobro de prestaciones sociales.- SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.-