Este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesta en fecha 01/06/2011 por la parte recurrente DELICATESES CORNETTI C.A en contra de la Providencia Administrativa N° 171-11, de fecha 17 de marzo de 2011, correspondiente al expediente Administrativo N° 027-2009-01-00117, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró con lugar la Solicitud de Reenganche y Pagos de Salarios Caídos, incoada por el ciudadano LUIS JOSE HERNANDEZ.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.-