Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa Nº 262-14 de fecha 14 de abril de 2014, Expediente N° 027-2013-01-00027 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Trabajo Miranda Este del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró Con Lugar el Procedimiento de Reenganche y el consecuente pago de salarios caídos incoado por la ciudadana MARIA ELIZABETH DE ABREU JORGE, interpuesto por la entidad de Trabajo INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS URBANAS (INTU).- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.- TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con e.....