Este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra el (Acta Providencia Administrativa de fecha 17 de mayo de 2012, Expediente N° 027-2012-01-02070 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas la cual declaró Con Lugar el Procedimiento de Reenganche y el consecuente pago de salarios caídos incoado por el ciudadano Emiro Escudero, interpuesto contra el ciudadano Diego Rodríguez Moya y Mudanzas Internacionales Global C.A..- SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.- TERCERO: Notifíquese al ciudadano Procurador General de la República de la presente decisión, notificación