Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) CON LUGAR el procedimiento por calificación de despido, incoado por el ciudadano JOSÉ YSAÍAS BARILLAS MORA, contra la empresa INVERSIONES 120180, C.A., ambas partes identificadas a los autos, en consecuencia se ordena a la demandada a reenganchar al trabajador al puesto de trabajo que venía desempeñando para el momento del írrito despido y el pago de salarios dejados de percibir desde el momento de la notificación de la demandada, es decir, desde el desde el 17 de noviembre de 2008 hasta el momento en que se haga efectivo el reenganche, calculado con el salario mensual devengado por la demandante, de Bs. (Bs. 5.599,23).
2°) Se condena en costas a la empresa demandada de conformidad con lo previsto en el Artícu.....