Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la defensa de PRESCRIPCIÓN opuesta por la empresa demandada Sociedad mercantil INVERSIONES SKY POOL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el n° 63, Tomo 75-A Pro, en fecha 04 de abril de 1997 y el ciudadano ALVARO DE ABREU DE ABREU, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad n° 4.975.644. SEGUNDO: En consecuencia se declara SIN LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano JORGE OSCAR DELGADO CASTILLO venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-6.209.312 e.....