Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la demanda intentada por el ciudadano JUAN AGUSTÍN RAMÍREZ MEDINA contra la sociedad mercantil denominada "EXPRESOS OCCIDENTE, C.A."inscrita ante el Registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial Del Estado Táchira, bajo el N° 12 tomo 4-A, de fecha 14 de marzo de 1977
En consecuencia, DECLINA la competencia de la presente causa al Juzgado Civil Mercantil y Transito del Área Metropolitana de Caracas, con el objeto de que siga conociendo del presente asunto, por lo que se ordena:
PRIMERO: Remitir el expediente al Juzgado Distribuidor Civil Mercantil y Transito del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que se distri.....