Por las razones expuestas, este Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer la presente acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos, JAQUELINE ARIAS, MIRIAM SUCRE, TONY ANDRADE, GARCIA LOYO YLIANA, LUIS GARCIA, JUDITH GUAYTA, LEYDIBER LEIDENS, SONIA ZULAY OLIVARES, NELLY RASQUIN, LENIS MENESES y ASTRID CAROLINA BERMUDEZ contra la empresa CERVECERÍA POLAR, C.A.,plenamente identificados anteriormente identificados. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta y así decide .
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.