DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ EDUARDO GONZALEZ venezolano, mayor de edad este domicilio titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.214.239, contra TRANSPORTE PEDROZA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 11 de diciembre de 1980 bajo el N° 125, tomo 233-A-Pro. En consecuencia se ordena a la empresa demandada a cancelar:
PRIMERO: las Cantidades señaladas en la parte motiva de la presente decisión, más los intereses sobre prestaciones y mora correspondientes a los conceptos especificados con antelación.
SEGUNDO: Se ordena la corrección monetaria sobre el monto condenado a pagar, por tratarse de una deuda de valor, a los fines de restablecer el valor perdido como consecuencia de la devaluación de la moneda y de la inflación, entre la fecha de admisión de la presente demanda y la ejecución del fallo, el cual deberá ser calculada por un único experto el cual deberá u.....