Con base a los razonamiento anteriormente expuesto, Este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LIONARD RAMSES FAULL GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-16.851.771, contra la empresa DELICIAS MAR DEL PLATA C.A., domiciliada en Caracas, inscrita por ante el Registro Mercantil V de la circunscripción judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 21 de febrero de 2006, bajo el Nº 26, Tomo 1268-A-IV. SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar la diferencias de las prestaciones sociales, de conformidad con lo señalado en la motiva de la presente decisión, mas los intereses de mora y la indexación judicial. TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, no .....