Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO el procedimiento de Recurso de Nulidad VICTOR JOSE FERNANDEZ MEJIA y MANUEL MENDEZ PERDOMO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nº V-1.551304 y V-803.899, en contra de PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 578.-06, de fecha veintisiete (27) de septiembre de dos mil seis (2006), correspondiente al expediente No.027-2004-01-04621, emanado de la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL ESTE EL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual se declaro SIN LUGAR la solicitud de Reenganche y Restitución de la situación Jurídica Infringida. Así se establece.-