Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE ADMITE la demanda Contenciosa Administrativa de Nulidad interpuesta por el MINISTERIO PÜBLICO, contra el acto Administrativo de fecha 05 de diciembre de 2014, el cual riela en el expediente N° 023-2012-01-00801, dictado por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DISTRITO CAPITAL SEDE NORTE, la cual declaro CON LUGAR la Solicitud de Reenganche y Restitución de Derechos, incoada por la ciudadana LUISA INOCENCIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.910.966, contra el MINISTERIO PUBLICO, y ordenó reenganchar a la trabajadora en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que poseía para el día 30 de marzo de 2013, así como cancelar los salarios dejados de percib.....