(...) DECLARA: PRIMERO: HA LUGAR LA PERSISTENCIA EN EL DESPIDO, ajustados a derecho los montos y conceptos consignados por la empresa demandada COMPAÑÍA OPERATIVA DE ALIMENTOS COR, C.A.; SEGUNDO: SIN LUGAR, la impugnación a los montos y conceptos realizados por la parte actora MITZI YALUMIN BLANCO HERDE, todo ello con motivo a la demanda que intentara la ciudadana MITZI YALUMIN BLANCO HERDE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 12.616.841, en contra de la empresa COMPAÑÍA OPERATIVA DE ALIMENTOS COR, C.A., sociedad mercantil constituida originalmente mediante documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha seis (06) de noviembre de 2002, bajo el N° 55, Tomo 79-A-Cto. (CORCA); posteriormente modificada su denominación social, Según Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha veinticinco (25) de noviembre de 2002, debidamen.....