(...) DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que incoara el ciudadano CARLOS AMADO RAMÍREZ QUINTANA, en contra de la entidad de trabajo DISTRIBUIDORA CERTIMA, C.A., y solidariamente al ciudadano JOAQUIM DA MAIA FERREIRA, por motivo de ACCIDENTE DE TRABAJO, DAÑO MORAL, DAÑO MATERIAL Y COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, en consecuencia, se ordena a la demandada al pago de la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 150.000,00) por concepto de Daño Moral y de los conceptos y montos que fueron expresados en la parte motiva de la presente decisión. Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo a cargo de experto a los fines de cuantificar económicamente la condena y determinar intereses moratorios e indexación conforme a las pautas que se expusieron ut supra.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Tra.....