Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- PRIMERO: Consumada de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la causa interpuesta por la abogada Ofelmina Lozano Vargas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 81.770, en su condición de apoderada judicial del ciudadano FERNANDO SEGARRA VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-18.221.031, contra la Resolución Nº 127-07, de fecha 27 de junio de 2007, dictada por el DIRECTOR DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN DE AGENTES POLICIALES, hoy UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD (UNES).
- SEGUNDO: INOFICIOSO la notificación a las partes, conforme lo establecido en la parte motiva de este fallo.