Primero: Emitir pronunciamiento respecto a la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos solicitada por ante el Juzgado que venía conociendo la causa, conjuntamente con la sentencia de mérito, dado que la naturaleza de las medidas cautelares son de carácter accesorio a la acción principal, por cuanto ambas acciones (principal y accesoria) guardan estrecha relación con el fondo de la presente controversia, toda vez que lo denunciado en ambas se refiere a presuntas vulneraciones de normas de rango constitucional, tal como se explanara en el Punto Previo contenido en el Capítulo V de la presente decisión.
Segundo: Declarar sin lugar el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad (Inquilinario) interpuesto conjuntamente con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, por los abogados Jesús Antonio Lamuño y Antonio Pérez Botella, actuando en su carácter de coapoderados judiciales de la ciudadana Rosa María Botella de Pérez, ut supra identificados, contra el acto administrativo d.....