Primero: Admitir la acción principal contenida en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar, por el ciudadano Arnaldo Eloy Ponce Velásquez, actuando en su carácter de Vicepresidente de la Sociedad Mercantil Rapidnet Service, C.A., debidamente asistido por el abogado Alfredo Ponce Velásquez, ut supra identificados, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa N° 1780- 06, fechada trece (13) de junio de 2006, que cursa en el Expediente Administrativo N° 6.200-03, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas.
Segundo: Negar por infundada e improcedente la medida cautelar solicitada, ello por los razonamientos expuestos en la motiva de la presente decisión, específicamente en la parte in fine del Capítulo IV denominado "DE LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA".
Tercero: Ordenar la practica de la notificación de la admisión del recurso int.....