IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con acción de amparo constitucional de carácter cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, por los abogados María Teresa Moreno Suárez, Ingrid Borrego y Henry Sánchez Vallecillos, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro. 36.229, 55.638 y 142.564, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil GANESH III, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20 de agosto de 2008, bajo el Nro. 2, Tomo 1872 A, contra el MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA a través del SERVICIO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUT.....