III
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU INCOMPETENCIA para conocer, en primer grado de jurisdicción, de la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano CARLOS ERNESTO GAMEZ ORTEGA, asistido por la abogada Yogly Thomas, antes identificada, contra el acto administrativo de fecha 27 de marzo de 2014, emanado de la Oficina de Auditoría Interna del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, el cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto en fecha 10 de marzo de 2014, en contra del acto administrativo de fecha 4 de febrero de 2014, que estableció la responsabilidad administrativa, le formuló reparo resarcitorio por la cantidad de cuatro mil ochocientos setenta y seis bolívares con treinta y siete céntimos (Bs.4.876.....