DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer, en primer grado de jurisdicción, del presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la abogada Elizabeth Bravo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el N° 45.947, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Servicios de Seguridad Integral 20-13, C.A., contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social a través de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Vargas, en virtud de la providencia administrativa N° 176/08 dictada en fecha 30 de junio de 2008 por la precitada Inspectoría, mediante la cual se declar.....