DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuera declinada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para conocer y decidir la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados César Luís Barreto Salazar, Maira Beatriz Sánchez Devenish y Mónica Coromoto Flores Oviedo, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos CARLOS ALBERTO MONCADA, GUSTAVO RAFAEL AZUALDE, AMPARO EFRAÍN TOVAR, JOSÉ DE JESÚS VELÁSQUEZ y PEDRO EMILIO ROMERO PADRÓN, antes identificados, contra la presunta omisión de ejecución por parte de la empresa COLECTIVOS BRIPAZ, C.A., de las Providencias Administrativas Nros. 118-03, 120-03 y 121-03, respectivamente, todas de fecha 23 de junio de 2003, emanadas de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y .....