VI
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer en primer grado de Jurisdicción la querella funcionarial incoada por el ciudadano JORGE LUIS RAMÍREZ VIVAS, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.659.769, asistido por el abogado Toni Medina Guillen, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 144.225, interpuesta conjuntamente con amparo cautelar contra el CUERPO DE POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA.
2.- ADMITE la presente causa.
3.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar interpuesto de manera conjunta, en los términos solicitados por el demandante.
Publíquese, Notifíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a lo.....