DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana CARMEN CECILIA PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-13.531.867, debidamente asistida por el abogado José Manuel Fermenal, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 42.335, contra la sociedad mercantil MANUFACTURA ALGODÓN INCA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 25 de julio de 1946, bajo el Nº 51, cuya última reforma constitutiva se efectuó el 7 de enero de 1973, bajo el Nº 26, Tomo 16-A-Sgdo; en razón del alegado incumplimiento de la Providencia Administrativa Nº 00310 de fecha 1º de septiembre de 2009, emanada de la Inspectoría del Traba.....