Vista la diligencia de fecha 21 de mayo de 2012, suscrita por la abogada Ilda Mónica Osorio Gutiérrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.832, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicita se libre cartel, asimismo de la revisión exhaustiva realizada a las actas procesales que conforman el presente expediente se evidencia nota del alguacil, de fecha 20 de julio de 2011, cursante al folio 94 de la presente pieza, en la cual deja constancia que le recomendaban no subir al sector por razones de seguridad, por lo que se le hizo imposible practicar la notificación al ciudadano Oscar Antonio Zambrano Narváez titular de la cédula de identidad N° 7.958.117, o a sus apoderados judiciales, tercer interesado en la presente causa, al respecto, este Juzgado observa que la presente causa se encuentra paralizada y en aras de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República .....