DECISIÓN
En merito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la Medida Cautelar Innominada solicitada por el abogado en ejercicio y de este domicilio Otoniel Pautt Andrade, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 154.755, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano WILSON CARMELO DUARTE MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.832.210; en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar Innominada de Suspensión de Efectos contra el Acto Administrativo Nº DGPMS/008/2013 de fecha 31 de enero del 2013 emanado de la DIRECCION GENERAL DEL INSTITUTO DE POLICIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO AUTONOMO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Publíquese, regístrese. Se ordena imprimir dos ejemplares de un mi.....