- I V -
DECISIÓN
En merito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad ejercido por la abogada Tahidee Coromoto Guevara Guevara, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.059, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Constructora Vialpa, S.A., domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 04 de Marzo de 1974, bajo el Nº 33, Tomo 27-A, con reformas estatutarias posteriores, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 427-2008 de fecha 04 de Diciembre de 2008, emanada de la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio" con sede en Guatire, Estado Miranda;
Publíquese y regístrese. Notifíquese al Procurador.....