V
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN en la DEMANDA POR COBRO DE BOLÍVARES interpuesta por los Abogados Javier F. González G. y Janan Ekerman Gampel, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números 39.115 y 63.812 respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales del FONDO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN "FONACIT" contra el ciudadano OSCAR ORLANDO CHACÓN HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.427.403.
Notifíquese a las partes y al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela.
Ahora bien, por cuanto la parte accionada posee domicilio procesal en el Estado Mérida, se ordena librar despacho de comisión al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los f.....