En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Perención de la Instancia en el presente Recurso Contencioso Administrativo de de Nulidad conjuntamente con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, interpuesto por la abogada Amri Jiménez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.994, actuando en nombre y representación de la Sociedad de Comercio "MAQUIVIAL, C.A.", inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda, bajo el Nº 54, tomo 89-A, de fecha Tres (03) de Junio de Mil Novecientos Setenta y Cuatro (1974), contra la Providencia Administrativa Nº 225-2007, de fecha Veinticuatro (24) de Agosto de Dos Mil Siete (2007), dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Nuñez Tenorio", con sede en Guatire, Estado Miranda, de conformidad con lo dispuesto en el a.....