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Decisiones del dia 30/09/2009

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : 0746 N° Sentencia : Fecha: 30/09/2009
Procedimiento:
Demanda
Partes:
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI) VS ISIDRO PALMARES
Resumen:
Ahora bien, consagra el aparte 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: "También se extingue la instancia: cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con la obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. Y sin más trámites debe declararse la perención de la instancia, como en el presente caso. En virtud del análisis anterior, y habiendo transcurrido el lapso previsto en la citada norma, se declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente Demanda. Publíquese y regístrese. Notifíquese al Presidente del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (INAPYMI), parte demandante en la presente Demanda y al Procurador General de la Republica. Dada, firmada y sellada, en la sala de Despacho de Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con Sede en Caracas, en caracas.....
Juez/Ponente:
Belkis Briceño
Organo:
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
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N° Expediente : 0723 N° Sentencia : Fecha: 30/09/2009
Procedimiento:
Demanda
Partes:
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI) VS ELIS JAVIER PERDOMO
Resumen:
Ahora bien, consagra el aparte 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: "También se extingue la instancia: cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con la obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. Y sin más trámites debe declararse la perención de la instancia, como en el presente caso. En virtud del análisis anterior, y habiendo transcurrido el lapso previsto en la citada norma, se declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente Demanda. Publíquese y regístrese. Notifíquese al Presidente del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (INAPYMI), parte demandante en la presente Demanda y al Procurador General de la Republica. Dada, firmada y sellada, en la sala de Despacho de Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con Sede en Caracas, en caracas.....
Juez/Ponente:
Belkis Briceño
Organo:
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : 1131 N° Sentencia : Fecha: 30/09/2009
Procedimiento:
Demanda
Partes:
FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE) VS GLORIA CELESTE RANGEL BLANCO
Resumen:
-VI- DECISIÓN Por las razones precedentes, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Sede Constitucional declara: 1.- Se Admite la presente acción de Demanda conjuntamente con solicitud de Medida de Embargo Preventivo interpuesta por la abogada Eloisa Borjas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.383, actuando con el carácter de apoderada judicial del FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE), contra la ciudadana GLORIA CELESTE RANGEL BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº 4.165.108, por la cantidad de Treinta y Un Mil Quinientos Diez Bolívares Fuertes con Treinta y Dos Céntimos (Bs. F. 31.510, 32), fundada en el pago de lo indebido que le hiciera el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE). 2.- Se declara Improcedente la Medida de Embargo Preventivo solicitada por la parte actora sobre bienes muebles propiedad de la ciudadana G.....
Juez/Ponente:
Belkis Briceño
Organo:
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : 0726 N° Sentencia : Fecha: 30/09/2009
Procedimiento:
Demanda
Partes:
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI) VS ASOCIACION COOPERATIVA AGROPODUCTORES SAN LUIS, RL.
Resumen:
Ahora bien, consagra el aparte 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: "También se extingue la instancia: cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con la obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. Y sin más trámites debe declararse la perención de la instancia, como en el presente caso. En virtud del análisis anterior, y habiendo transcurrido el lapso previsto en la citada norma, se declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente Demanda. Publíquese y regístrese. Notifíquese al Presidente del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (INAPYMI), parte demandante en la presente Demanda y al Procurador General de la Republica. Dada, firmada y sellada, en la sala de Despacho de Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con Sede en Caracas, en caracas.....
Juez/Ponente:
Belkis Briceño
Organo:
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : 0737 N° Sentencia : Fecha: 30/09/2009
Procedimiento:
Demanda
Partes:
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI) VS ASOCIACION COOPERATIVA FERPA 002, R.L.
Resumen:
Ahora bien, consagra el aparte 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: "También se extingue la instancia: cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con la obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. Y sin más trámites debe declararse la perención de la instancia, como en el presente caso. En virtud del análisis anterior, y habiendo transcurrido el lapso previsto en la citada norma, se declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente Demanda. Publíquese y regístrese. Notifíquese al Presidente del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (INAPYMI), parte demandante en la presente Demanda y al Procurador General de la Republica. Dada, firmada y sellada, en la sala de Despacho de Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con Sede en Caracas, en caracas.....
Juez/Ponente:
Belkis Briceño
Organo:
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
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