Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 17 de marzo de 2017 dictado por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado que se celebre nuevamente la audiencia preliminar, motivo por el cual, se ordena al Tribunal de la Primera Instancia fijar por auto expreso al tercer día hábil siguiente de recibido el presente expediente el día y la hora para que tenga lugar la referida audiencia CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la nat.....