En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación opuesta por la parte actora contra la sentencia de fecha 08/02/2010, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de prescripción alegada por la parte demandada. TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Yanisbi Cutolo Ávila contra la sociedad mercantil Estación Publicitaria 2005 y Cervecería Regional. CUARTO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 08/02/2010, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
No hay c.....