II. DISPOSITIVO
Como consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÒN formulado por la representación judicial de la parte oferente contra la sentencia de fecha 22 de abril de 2015, por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; todo en ocasión a la Oferta Real de Pago presentada por la sociedad mercantil SERVICIOS TOLDECA C.A., a favor del ciudadano WILFREDO NEIRA, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte oferente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.