DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto (6°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE ANULAN el auto de fecha 24 de noviembre de 2015, donde se ordena la presentación de los informes y las actuaciones subsiguientes, anulándose, inclusive, la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2019; actos emanados del Juzgado Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: SE REPONE la causa a estado que el Tribunal A-quo una vez recibido el presente expediente remita las actuaciones a los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Trabajo para que continúen con la prosecución de la presente causa, en la fase de juzgamiento; TERCERO: No hay conde.....