En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto (6º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Gonzalo Meneses, abogado en ejercicio inscrito en el IPSA bajo el N° 20.764, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Corporación Venezolana de Petróleo, S.A (CVP), filial de Petroleros de Venezuela S.A (PDVSA) contra de la sentencia de fecha 19 de enero de 2016, dictada por el Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, la cual declaró sin lugar el recurso de nulidad SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de Nulidad interpuesta por la entidad de trabajo Corporación Venezolana de Petróleo, S.A (CVP) filial Petróleos de Venezuela, S.A (PDVSA) contra la Providencia Administrativa Nº 099-14 del.....