Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la parte actora SEGUNDO: SE CONDENA al demandado a cancelar la cantidad de Bs. 96.333,33 por indemnizaciones del articulo 130 Nº 5 de la LOPCYMAT conforme a lo establecido en el informe pericial Oficio Nº 01450-12 de fecha 16/08/2012 emanado de la Diresat Capital- Vargas TERCERO: SE DECLARA Parcialmente con lugar la demanda CUARTO: SE MODIFICA la decisión de fecha 07/08/2015 dictada por el Juzgado cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas QUINTO: No hay condenatoria en costas, dada la naturale.....