Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha trece (13) de octubre de dos mil cinco (2005), dictada por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por la ciudadana Corina Daniela Crer Francés contra el Municipio Baruta Del Estado Miranda, en consecuencia se condena a la parte demandada a cancelar a la actora los montos y conceptos condenados en la parte motiva del fallo, asimismo se condena el pago de los intereses sobre antigüedad, intereses moratorios e indexación de conformidad con los parámetros establecidos en la parte .....