DISPOSITIVO
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Sexto (6º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción suscrita en la demanda por indemnización por accidente de trabajo, daño moral, daño material y otros, incoada por el ciudadano Wilmer Antonio Cuenca Lugo, contra la entidad de trabajo PGC INGENIEROS, C.A., partes debidamente identificadas en los autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el Parágrafo Único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de .....