Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra el auto de fecha 28 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Yubil Paola Cuello Moreno contra la Sociedad Mercantil KD Delicateses Valle Arriba, C.A. SEGUNDO: NULO el auto recurrido. TERCERO: SE ORDENA al a quo dar respuesta a la diligencia de fecha 25/11/2014, presentada por el representante judicial de la parte actora, todo ello con base a los parámetros y condiciones establecidas en la motiva del presente fallo.