Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra el acta de fecha 01 de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Alexis José Fernández Aranguren contra la Sociedad Mercantil Nueva Abanca Mañon 2021, C.A., en consecuencia, se confirma el acta recurrida.